Europa: Sistema de Control de Importaciones

La Unión Europea (UE) ha estado fortaleciendo la seguridad en las aduanas para sus ciudadanos a través de un sistema de información a gran escala llamado Sistema de Control de Importaciones 2 (ICS2, por sus siglas en inglés). El 4 de diciembre pasado finalizó la tercera y última fase de su implementación, que representa un elemento clave en la evolución del sistema aduanero europeo.

El Sistema de Control de Importaciones 2 (ICS2) es un mecanismo avanzado de información de carga diseñado para mejorar la seguridad en el transporte internacional de mercancías y la cadena de suministro involucrada. Todos aquellos operadores que lleven mercancías a la UE o transiten por ella tienen que declarar los datos de seguridad y protección al ICS2, a través de la declaración sumaria de entrada (ENS). Sobre la base de la ENS, todas las mercancías están sujetas a un análisis de riesgos de seguridad y protección y a controles mejor orientados.

ICS2 ayuda a identificar mejor los envíos de alto riesgo e intervenir en el punto más apropiado de la cadena de suministro, al tiempo que facilita el flujo legítimo de mercancías.

  • Los operadores deben presentar una declaración sumaria de entrada completa en el sistema ICS2 para todas las mercancías transportadas a la UE o a través de ella antes de su llegada. Para el transporte aéreo, también debe presentarse un conjunto mínimo de información antes de la carga (fase previa a la carga).
  • Una ENS completa contendrá todos los elementos de datos necesarios específicos parLa a el modo de transporte o el modelo de negocio.
  • En función de los acuerdos contractuales entre los agentes de la cadena de suministro en relación con las responsabilidades de presentación de ENS y la disponibilidad de información, podrán utilizarse presentaciones de ENS únicas o múltiples.
  • Sobre la base de la información facilitada en la ENS, las autoridades aduaneras realizan análisis de riesgos de seguridad y protección previos a la carga o a la llegada.
  • Como resultado del análisis de riesgos, se pueden emitir remisiones de mitigación de riesgos solicitando al declarante que proporcione información adicional, realice un control de carga y correo de alto riesgo o no estibe la carga. Las remisiones de mitigación de riesgos deben responderse antes de que pueda reanudarse la evaluación de riesgos.
  • El operador de un buque marítimo o de una aeronave deberá presentar una notificación de llegada al arribo del medio de transporte a la aduana de primera entrada.
  • Las mercancías deben presentarse en aduana a su llegada.
  • Las aduanas también pueden decidir imponer sanciones administrativas por incumplimiento de los requisitos en materia de datos.
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