EDICIÓN NÚMERO 320, ABRIL 2025

Desde el 01 de febrero se encuentra en vigencia la actualización establecida en el D.S. N° 67 que corresponde al “Reglamento de clasificación, etiquetado y notificación de sustancias químicas y mezclas peligrosas”, que determina y establece los requisitos para la importación y obtención de los respectivos certificados y vistos buenos que otorga el SEREMI de Salud.

El cambio más importante se refiere a que, hasta antes de la nueva normativa, el listado N° 408/2016 era el que contenía los productos que estaban bajo el control y supervisión del SEREMI de Salud y que correspondía a sustancia puras. A contar de este mes el nuevo listado a utilizar es el N° 777 del 2021 y aumenta la cantidad de productos a fiscalizar y en el que están comprendidas las mezclas de sustancias peligrosas para uso industrial.

Existen nuevos requisitos para la emisión de la Hoja de Seguridad, así como también en cuanto al etiquetado, todo ello será indispensable para tramitar el correspondiente Certificado de Destinación Aduanera (CDA).

Sugerimos ser muy cuidadosos respecto de la aplicación ya que de lo contrario podría hasta impedir el proceso de importación.